Ante una exigencia de un superior jerárquico para realizar alguna actividad contraria a lo establecido tanto en el Código Ético como en cualquier otra norma interna o externa, cualquier Miembros de la Organización debe comunicarlo a través del Canal Ético (en construcción), con garantías de confidencialidad y ausencia represalias. Este deber de comunicación no recae únicamente sobre el propio trabajador objeto de presión, sino sobre cualquier otro Miembro de la Organización que sea conocedor de dicha circunstancia.
Recuerda que cualquier denuncia por posible incumplimiento del presente Código Ético, así como de presuntas infracciones de la legalidad vigente, debe estar adecuadamente soportada u ofrecer unas bases mínimas para poder ser analizada. De no ser así podría ser concebida como una injuria o calumnia hacia la Autoridad Portuaria o alguno de sus Miembros.