En relación con los derechos humanos y laborales

  • a) La APBA está comprometida con los derechos humanos y las libertades públicas reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución Española, y rechaza cualquier tipo de trato desigual por motivos de raza, nacionalidad, origen social, sexo, estado civil o cualquier otra circunstancia personal, física o social de las personas, impulsando idénticas condiciones para los Miembros de la Organización en el acceso al empleo, la conciliación, la formación y la promoción.
  • b) La APBA respeta los derechos de libertad sindical, asociación y negociación colectiva, así como las actividades que desarrollen las organizaciones representativas de los Miembros de la Organización conforme a las funciones que les tiene reconocida la ley.
  • c) La APBA promueve un ambiente y clima laboral compatible con el respeto a la vida personal y familiar de todos los Miembros de la Organización mediante políticas de conciliación que facilitan el equilibrio entre la vida privada y las obligaciones laborales de los mismos.
  • d) La APBA mantendrá un entorno de trabajo libre de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal. Cualquier Miembro de la Organización debe ser tratado de forma justa y respetuosa por parte de superiores, subordinados, colaboradores y compañeros.
  • e) El acoso sexual, laboral y la agresión y violencia constituyen distintos tipos de presión psicológica, inaceptables bajo ninguna circunstancia.
      1. Por acoso sexual se entiende cualquier forma de comportamiento verbal, no verbal o físico con connotaciones sexuales que tenga por objeto, o como resultado, que la dignidad de una persona se vea afectada, en particular cuando se cree una situación hostil, amenazante, humillante u ofensiva.
      2. Por acoso laboral se entiende cualquier práctica ejercida en el ámbito del trabajo y consistente en someter a un empleado a presión psicológica para provocar su marginación.
      3. Por agresión y violencia se entienden aquellos incidentes a través de los cuales se acosa mental o físicamente, se amenaza o se agrede a una persona en circunstancias directamente relacionadas con el trabajo.
  • f) La APBA respeta el derecho a la intimidad de los Miembros de la Organización, sobre todo en lo referido al tratamiento de datos de carácter personal, no divulgando datos personales salvo previo consentimiento expreso de las personas interesadas o en aquellos casos en los que lo exija el cumplimiento de una obligación legal o una resolución judicial o administrativa.